Pedreguer aprueba un convenio con la Consejería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática para ampliar el parque público de inmuebles
En el último pleno ordinario del año 2020, el pasado martes 29 de diciembre, Pedreguer aprobó por unanimidad un convenio de colaboración con la Generalitat para la cesión de los derechos de tanteo y retracto, que permitirá acceder preferentemente a la adquisición de viviendas para destinarlas al parque público, para uso de colectivos en situaciones de emergencia social.
La Consejería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática trata de extender las posibilidades del decreto de derecho de tanteo y retracto para la adquisición de vivienda social con la implicación de los ayuntamientos, transfiriéndoles este derecho de adquisición preferente en operaciones de transmisión de viviendas, como las adquiridas mediante dación en pago, proceso judicial de ejecución hipotecaria o procedimiento de venta extrajudicial, para que también puedan ampliar sus propios parques municipales de vivienda pública. De hecho, el Vicepresidente Rubén Martínez Dalmau, que coordina esa conselleria, ya informó a los responsables municipales del decreto y del proceso para llevarlo adelante en su visita a Pedreguer del pasado 17 de noviembre, en la que mostró su disposición para hacer un parque público de viviendas en Pedreguer con recursos de la Consejería de Vivienda.
Se amplían así las posibilidades que introduce el decreto, por lo que se incrementa el número de viviendas sociales a disposición de los municipios, teniendo en cuenta que en muchos de ellos no se dispone de ninguna para atender situaciones de emergencia habitacional, como es el caso de Pedreguer.
Hasta el momento, los ayuntamientos que se adhieren como agentes ejecutores de este derecho de tanteo y retracto deberán asumir las posibles operaciones de compra mediante sus propios recursos. Sin embargo, Vivienda trabaja en la inclusión de una partida específica en los presupuestos autonómicos de 2021 con la que se puedan canalizar fondos para cofinanciar la realización de estas adquisiciones. Se trataría, en suma, de prestar un apoyo económico que contribuya a que los municipios puedan afrontar estas inversiones.
Con la implicación de los municipios se consigue, además, un doble objetivo adicional. Primero, permitir que los ayuntamientos opten por la adquisición de pequeños lotes de viviendas, grupos reducidos de cuatro o cinco viviendas procedentes de ejecuciones por impago de la hipoteca, que escapan de las prioridades de la Generalitat, centrada en grandes transmisiones. Y segundo, que los ayuntamientos actúen como agentes rastreadores, de modo que, por su mayor vinculación con el territorio, puedan informar a la misma Generalidat sobre la existencia de determinadas oportunidades de adquisición, en caso de que no puedan asumir compras con fondos propios.