Registro Civil

REGISTRO CIVIL

Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, la oficina del Registro Civil de Pedreguer pasa a llamarse OFICINA COLABORADORA DEL REGISTRO CIVIL DE PEDREGUER, delegada del Encargado del Registro Civil de Dénia. El 3 de abril de 2024, mediante la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, del Ministerio de Justicia, entra en servicio efectivo la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del partido judicial de Dénia.

La nueva Ley del Registro Civil suprime el antiguo modelo de Registro dividido en Secciones (nacimientos, matrimonios, defunciones, tutelas y representaciones legales) y crea un registro individual para cada persona, a la cual se le asignará un Código Personal desde la primera inscripción que se practique. También incorpora el uso de nuevas tecnologías, introduciendo un Registro Civil único electrónico, a través de la aplicación Dicireg, en la cual se practicarán las Inscripciones informáticas y se dará fe de los hechos y actos del Registro Civil, incorporando la firma electrónica.

Cambia también la organización del Registro Civil, creándose las Oficinas Colaboradoras del Registro Civil, como la de Pedreguer, que dependen de las Oficinas Generales del Registro Civil ubicadas en las cabezas de partido judicial, en nuestro caso, en Dénia.

TRÁMITES A REALIZAR ANTE LA OFICINA COLABORADORA DEL REGISTRO CIVIL DE PEDREGUER

 Cualquier persona que comparezca ante la Oficina Colaboradora del Registro Civil de Pedreguer, tendrá que identificarse con DNI, NIE o Pasaporte.

La Oficina Colaboradora del Registro Civil de Pedreguer podrá tramitar los siguientes Expedientes Gubernativos:

  1. Inscripciones Principales de Nacimiento de los/las recién nacidos/as cuyos padres estén empadronados en Pedreguer. Para ello, habrán de presentar certificado de empadronamiento.
  2. Inscripciones Principales de Defunción, cuando la defunción haya tenido lugar en esta población.
  3. Autorizaciones e Inscripciones Principales de Matrimonio, cuando al menos uno de los cónyuges esté empadronado en Pedreguer.
  4. Inscripciones Complementarias que hayan de practicarse en los libros físicos antiguos del Registro Civil.

Además, la Oficina Colaboradora del Registro Civil de Pedreguer, recogerá la solicitud y documentación y tramitará los expedientes gubernativos que se detallan a continuación, para después remitirlos a la Oficina General del Registro Civil de Dénia para su resolución:

  1. Cambio de nombre y/o apellidos permitidos por la Ley.
  2. Nacionalidad con valor de simple presunción
  3. Rectificación de error
  4. Matrimonio Civil que se haya de celebrar en otra población.

La Oficina Colaboradora del Registro Civil de Pedreguer, podrá también emitir:

  • Fes de vida, que requerirán siempre la presencia del interesado. Las personas impedidas tendrán que presentar un certificado médico reciente relativo a su imposibilidad de personarse.
  • Certificados de nacimiento, matrimonio o defunción, siempre que acrediten interés legítimo para solicitarlos. Los certificados se pueden solicitar por las siguientes vías:
  1. La Sede electrónica del Ministerio de Justicia: https://sede.mjusticia.gob.es/es.
  2. Presencialmente, únicamente para las personas empadronadas en Pedreguer. Cualquier persona puede solicitar un certificado en la Oficina del Registro Civil de su localidad de residencia.
  3. Enviando un correo electrónico a esta oficina jpaz_pedreguer@gva.es únicamente para las personas residentes en el extranjero.

Legitimidad para solicitar certificaciones del Registro Civil. Pueden pedir certificaciones las siguientes personas:

  1. La propia persona interesada, es decir, el/la inscrito/a (si fuera menor de edad o con capacidad jurídica modificada judicialmente), el/la cónyuge, el/la pareja de hecho, y los/las familiares de primer grado (padres, hijos, suegros, yernos y nueras), pueden solicitar el certificado únicamente identificándose, sin necesidad de acreditar el interés legítimo.
  2. Los familiares de segundo grado, es decir, abuelos/as, nietos/as y hermanos/as, necesitarán identificarse y, además, rellenar i firmar el siguiente modelo: (DESCARGAR MODELO).
  3. Cualquier otra persona o entidad, necesitará una autorización previa de la persona inscrita y, i esta hubiere fallecido, de sus familiares de primer grado. (DESCARGAR MODELO).
  4. Las personas que soliciten un certificado sin autorización de la persona inscrita, deberán especificar para qué lo necesitan, que necesariamente será para realizar algún trámite administrativo o judicial. (DESCARGAR MODELO)

PARA CUALQUIER INFORMACIÓN PUEDEN LLAMAR AL TELÉFONO 965761061, O BIEN ENVIAR UN CORREO ELECTRÓNICO A  jpaz_pedreguer@gva.es

LOS DEMÁS EXPEDIENTES SE TRAMITARÁN EN EL REGISTRO CIVIL DE DÉNIA.

Para tramitar cualquier expediente en Dénia, deberán solicitar CITA PREVIA a través de la web www.tramita.gva.es y poner en el Campo Servicio de esta web Otros trámites de matrimonio (capitulaciones), aunque el trámite sea otro (Jura, rectificación de error, Inscripción nacimiento, Matrimonio, etc.). Para cualquier consulta al Registro Civil de Dénia, podrán llamar al teléfono 965928644.

 

 

 

 

 

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