2ª convocatoria Ayudas Paréntesis del Plan Resistir en Pedreguer

30/04/2021

Con el sobrante resultante de las ayudas directas concedidas en la 1ª convocatoria de las Ayudas Paréntesis, se han aprobado otras bases para conceder ayudas a los sectores más afectados por la pandemia que no pudieron acceder a la anterior convocatoria, como son intermediarios en el comercio, determinados comercios al por mayor y al por menor, peluquerías y estéticas, entre otros.

La cuantía destinada a atender estas subvenciones directas asciende a 85.607 €, el sobrante resultante de las ayudas directas concedidas en la 1ª convocatoria. De los cuales, el 62,5% es sufragado por la Generalitat Valenciana, el 22,5% es financiado por la Diputación Provincial de Alicante y el restante 15% es aportado por el Ayuntamiento de Pedreguer. De la cuantía máxima que la Generalitat ha previsto para atender las ayudas "Paréntesis" en Pedreguer que asciende a 204.407 €, en la primera fase se han concedido un total de 118.800 €.

Estas ayudas van dirigidas a personas autónomas o microempresas:

  • Con un máximo de 10 personas trabajadoras.
  • Que estén dadas de alta en alguna de las actividades de los sectores identificados en el Anexo I de esta 2ª convocatoria.
  • Que no hayan conseguido ayuda en la 1ª convocatoria Paréntesis.
  • Que la actividad s'exerceixca el término municipal de Pedreguer
  • Y que cumplen todos los requisitos establecidos en la base 7ª de esta 2ª convocatoria.

Cuantía por persona beneficiaria:

- Una cantidad fija de 2.000 € por cada autónomo o microempresa con un máximo de 10 personas trabajadoras.

- Una cantidad fija de 200 € por persona trabajadora afiliada a la Seguridad Social en fecha 31 de diciembre de 2020.

Plazo de presentación:

Desde las 9.00h del 3 de mayo hasta las 23.59h del 20 de mayo de 2021.

La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva hasta agotar el crédito disponible para esta convocatoria.

ON PRESENTAR:

Las personas jurídicas y el resto de las enumeradas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, deberán presentarlo por Sede Electrónica municipal.

Las personas físicas podrán realizar la presentación de forma presencial en el Ayuntamiento o telemáticamente.

ENLACES:

Se pueden encontrar las bases de la convocatoria en el enlace siguiente:

Para tramitar la ayuda a través de la sede electrónica del ayuntamiento de Pedreguer seguir el siguiente enlace:

Para tramitar presencialmente deberá cumplimentar los siguientes documentos antes de acudir al Ayuntamiento:

Además deberá aportar la documentación que se especifica en la base 8ª de esta convocatoria.

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